Embargos

Cuando se adquiere un vehículo de segunda mano, una de las gestiones que deberías realizar es solicitar un informe en el que te asegures de que los datos son los correctos para evitar cualquier problema futuro. Y es posible que, cuando lo recibas, descubras que tiene una nota de embargo. O, peor aún, puede que lo descubras después de haberlo comprado.

 

¿Qué quiere decir esto? Que debes tramitar el levantamiento del embargo. Una forma de hacerlo es notificar a la Autoridad que dictó el embargo que tú vas a adquirir ese vehículo, es decir, que va a cambiar de manos, y que eres adquiriente de buena fe, es decir, que no existe fraude de acreedores.

 

Hay que aclarar la diferencia entre un vehículo embargado y otro que tiene embargo y precinto. En el primer caso, se puede circular con él e incluso venderlo sin tener ningún problema legal ni arriesgarnos a que las Fuerzas del Orden nos lo inmovilicen. Sin embargo, en el segundo caso se coloca un precinto en el vehículo que impide que su propietario acceda a él. Lo que ocurre a la hora de venderlo es que la Dirección General de Tráfico no le entregará el permiso de circulación al nuevo propietario hasta que el precinto no haya sido cancelado.

 

En Gestoría Coslada somos especialistas en este tipo de trámites, sea cual sea la situación en la que te encuentres y gracias a nuestra amplia experiencia podemos ayudarte a llevar a cabo el trámite que necesites de manera sencilla, cómoda, rápida y segura. Ponte en contacto con nosotros y cuéntanos en qué podemos ayudarte.

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